Murcia, 28 nov (EFE).- Irse al aseo y dejar en la habitación del hospital al paciente que había sido ingresado por orden judicial, al que vigilaba, y que se fugó aprovechando la situación es motivo de despido, según la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ).
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso que esta empleada de la empresa Vigilantes Asociados al Servicio de Banca y Empresas presentó contra la resolución de un Juzgado de lo Social que desestimó su demanda y declaró el despido procedente, por lo que no tenía derecho al cobro de indemnización alguna.
Indica el TSJ que la despedida fue contratada por la empresa desde el año 2006 y que cuando ocurrieron los hechos -el 23 de julio de 2011- se encargaba de vigilar la habitación del hospital “Virgen de la Arrixaca” de Murcia donde estaba ingresado, por mandato judicial, “un enfermo de tuberculosis y con alto riesgo de fuga, por lo que se había ordenado su custodia”.
“A los pocos minutos de hacerse cargo del servicio de custodia del enfermo, se ausentó, para ir al aseo, sin dar aviso y sin tener autorización de sus superiores, y durante la ausencia de su puesto de trabajo, el enfermo se dio a la fuga”.