Baja laboral falsa: Uso de detectives privados

Baja laboral falsa de empleado¿Cómo se puede detectar un caso de baja laboral falsa? A partir de ahora la justicia considera lícito el uso de detectives privados para realizar una investigación.

Y es que una sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid avala que la empresa Altadis contratara un detective privado ante las sospechas de que la baja médica de un trabajador era falsa.

Un caso que crea precedente y a partir del cual el uso de detectives privados para descubrir a empleados mentirosos tiene respaldo judicia.

En esta ocasión, el empleado fue pillado mientras realizaba en el jardín de su casa tareas de albañilería y bricolaje para las cuales utilizaba y cargaba herramientas, iba y venía conduciendo su coche, y llevaba bolsas con compras en ambas manos, a pesar de que su supuesta lesión era en un brazo.

Tanto el juzgado de instancia como el TSJ ha avalado su despido procedente, rechazando los razonamientos del trabajador sobre violación del derecho fundamental a la intimidad o uso excesivo de las facultades empresariales de vigilancia y control de los trabajadores.

El TSJ insiste en que la medida está justificada y señala que el informe de la agencia de investigación sirve de prueba incriminatoria. Recuerda que, aun cuando los trabajadores tienen los mismos derechos fundamentales que el resto de ciudadanos, “el marco de la relación laboral determina que los términos de dicho reconocimiento sea más restrictivo” en favor del ejercicio de las “facultades empresariales que derivan del mismo contrato de trabajo y de la libertad de empresa entre las que se encuentran la organización del trabajo, el control de su cumplimiento y, en su caso, la sanción por los incumplimientos”.

Límites para los detectives

Eso sí, se advierte de que los detectives “no podrán realizar investigaciones sobre delitos perseguibles de oficio, ni utilizar medios materiales o técnicos que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones”. Además, “están obligados a guardar riguroso secreto y sólo pueden facilitar datos a quien les contrata y a los órganos judiciales y policiales competentes”.

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2s comentarios

    1. Asi es amigo, comparto tu opinión. Es muy importante que en la formación se enseñen esos límites que todo profesional debe tener, sobre todo una carrera como ésta. Espero nos sigas leyendo, has hecho un aporte muy positivo a nosotros. Te envíamos un abrazo.

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